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 Una sentencia revisable
4 de noviembre de 2001

¿Por qué no se ha anulado aún la multa a Canal N?

El 8 de abril del 2000, una resolución del Jurado Nacional de Elecciones multó a Canal N con 290 mil soles por haber supuestamente emitido cifras encuestadoras cuando apenas faltaba 4 días para el proceso electoral. Hoy, un año y medio después de impuesta, a pesar de que la decisión ha sido considerada arbitraria, el Jurado aún no se pronuncia respecto de la revisión o nulidad de la misma.

Escribe Daniel Yovera / agenciaperu.com

Tres días antes, Bernardo Verjovsky, director de la encuestadora Analistas y Consultores, emitió los resultados de las últimas encuestas realizadas en Lima por su empresa. No fue una emisión cualquiera, estaba siendo televisada en vivo y en directo por Canal N, pero Verjovsky no lo sabía.

El director de A&C había llegado tarde a la conferencia y ninguna de las personas que se encargaron de recibirlo -gente de Promperú, la entidad organizadora- le advirtió sobre la presencia de Canal N. Verjovsky incluso, en un escrito enviado a la empresa televisiva, manifestó que “en todo caso los responsables eran los organizadores”.

Faltaban apenas tres días para las recordadas elecciones generales fraudulentas y hacer pública cualquier cifra ya no estaba permitido. Pero Cable Canal de Noticias, el canal de Vicente Silva Checa y Eduardo Calmell del Solar, presuroso hizo la denuncia ante el Jurado Nacional de Elecciones. Esta entidad, manejada por Vladimiro Montesinos, no dudó en multar a Canal N.

Firmaron esa arbitraria resolución Alipio Montes de Oca, José Bringas Villar, Rómulo Muñoz Arce, Walter Hernández Canelo y Jesús Trujillano. La mayoría de ellos aparecen en videos con Vladimiro Montesinos en su famosa sala del SIN. El otro magistrado del Jurado, Ramiro de Valdivia Cano, no la suscribió. No fue consultado y mucho menos votó. Su opinión pública en aquel entonces fue que no compartía la opinión de sus colegas. Hoy, se ratifica en esa posición.

OPINIONES COINCIDENTES

Bernardo Roca Rey, presidente del directorio de Canal N, recuerda que en esta etapa político electoral hubo “una gran preocupación por parte de quienes manejaban el corrupto aparato del Estado, por acallarnos, nosotros representábamos una piedra en el zapato de una máquina que hoy vemos que es mucho más grande de lo que nosotros pudimos imaginar en ese momento”.

Acorde con la opinión de Roca Rey, los juristas Jorge Avendaño y Raúl Ferrero Costa coincidieron en señalar el carácter arbitrario de la multa.

Avendaño, por ejemplo, señala que “el solo hecho de que esta resolución de multa haya sido impuesta por un Jurado Nacional de Elecciones señalado a dedo y digitado por Fujimori y por Montesinos, ya hace presumir que la misma es arbitraria y contraria a Canal N”.

Por su parte, Ferrero Costa opina que “está claro que la sanción que se le impuso a Canal N ante la denuncia de otro canal de cable, fue hecha con el propósito de silenciar a la poca prensa libre que se tuvo”.

En junio del 2000, el Jurado rebajó la multa de 290 mil soles a 116 mil soles. De igual manera, Ramiro de Valdivia Cano tampoco firmó esta resolución. “Es que yo creo que la solución no está en una rebaja, simplemente esa multa no debe existir”, refirió el miembro del organismo electoral.

CCN PIDE RETIRAR LA DEMANDA

En diciembre pasado, Cable Canal de Noticias envió una carta al pleno del jurado electoral. En la misma, este canal fujimorista solicitó el retiro de la demanda que motivó que Canal N sea multado. La empresa de Vicente Silva Checa y Eduardo Callmel del Solar, “Chapulín”, apelaba a las relaciones armoniosas que deberían existir entre los medios de comunicación. Pero lo hizo tardíamente.

Increíblemente Ramiro de Valdivia Cano nunca conoció este documento. Recién tomó razón del mismo cuando agenciaperu.com se lo mostró. Lo novedoso de su contenido y de la esencia misma del pedido de la parte denunciante, lo convierten hoy en día en un elemento nuevo.

¿Representa un elemento nuevo para reconsiderar este caso?, preguntamos a Valdivia Cano.

“Sí, bueno, este documento es bastante explícito y hace que el caso merezca que se ponga a debate en el pleno del Jurado”, consideró el magistrado del ente electoral.

Sin embargo, debido a que en diciembre del 2000 Canal N solicitó ante la Corte Suprema la invalidez del acuerdo del Jurado, los juristas consultados tienen interpretaciones distintas respecto de una probable solución del problema.

Jorge Avendaño señala, por ejemplo, que es ya competencia de la Corte Suprema, y “le compete a ella revisar esta decisión. Yo creo que lo va a hacer, y creo que va a revocar la resolución del Jurado”.

“Si quien denunció a Canal N retira la denuncia - manifiesta Ferrero - entonces el Jurado Nacional de Elecciones podría rectificarse, porque no se trata de una resolución en materia propiamente electoral, sino se trata de una simple multa, de un acto administrativo administrativo que sí puede rectificarse”.

UNA SANCIÓN REVISABLE

Canal N fue motivo de la conspiración fujimontesinista. Y esta multa representó un elemento de ataque a quien no se alineó con dicho régimen.

Existen vladivideos de reuniones entre montesinos con Vicente Silva Checa y Eduardo Calmell del Solar, activos socios de la mafia montesinista y directivos del canal que denunció a Canal N. Esas razones, además del momento político en que se fijó la multa, hace a la misma cuestionable y arbitraria. No tendría sentido la permanencia de esta decisión. Es por lo tanto una sentencia revisable.