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11 de febrero del 2002
Acerca de caso Bedoya
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El efecto Bedoya (28/01/02)

Salas Villalobos: Sólo los jueces pueden determinar la condición jurídica de los procesados

agenciaperu.com

Pese a que los miembros del Tribunal Constitucional de Lima han declarado enfáticamente que la decisión de liberar al ex alcalde de Miraflores, Luis Bedoya de Vivanco, no sienta jurisprudencia en nuestro sistema judicial, el presidente de la de Corte Superior de Lima, Sergio Salas Villalobos, precisó, durante una entrevista concedida a Paola Ugaz de Entre Líneas, que es la primera vez que un hecho de esta naturaleza ocurre en la historia jurídica del Perú. Al explicar su punto de vista, el magistrado mostró su preocupación porque una jurisprudencia que no sea transparente, lógica ni coherente podría degenerar un Estado de Derecho.

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La Constitución establece un privilegio a los magistrados y a los miembros del Poder Judicial y es que son los únicos facultados, por ella y las leyes, para hacer justicia e imponer el derecho, dijo el presidente de la Corte Superior de Lima, Sergio Salas Villalobos, cuando se le recordó que él afirmó que los jueces son los únicos investidos para determinar la condición jurídica de los procesados.

Los jueces "son los únicos que pueden aplicar las normas de la Carta Magna y en base a ella determinar cuál es la condición jurídica de las personas que están sometidas a la tutela jurisdiccional. No existe otro organismo. El fiscal no lo puede hacer ni ningún otro funcionario público", explicó.

Al ser preguntado cómo queda esa aseveración frente al fallo del Tribunal Constitucional que excarceló al suspendido alcalde de Miraflores, Luis Bedoya de Vivanco, el magistrado dijo que para ellos es una disposición contradictoria si el órgano de control constitucional ha considerado que la situación jurídica del procesado Luis Bedoya de Vivanco ha sido ilegal o arbitraria.

"Y lo es, porque cuando se decreta la detención de una persona tiene que haber una motivación jurídica y las resoluciones judiciales de este caso han estado motivadas. En consecuencia, no vemos cómo puede haber responsabilidad funcional de los jueces, cuando se han apegado a lo que establece la ley y sólo han cumplido con su función", aclaró.

Salas Villalobos dijo, al analizar la situación, que ahora el acusado pasa a ser acusador y que esos son, precisamente, los riesgos que desestabilizan al sistema anticorrupción. Cuando un juez opta por una medida que puede ser de comparecencia o de detención y no hay elementos suficientes para revocarla posteriormente, entonces la medida debe continuar, puntualizó. Es más, añadió, los elementos surgen de un expediente y una acción de garantía constitucional es meramente formal, es decir opera cuando se han incumplido ciertos requisitos de forma en un proceso judicial.

Planteó luego, que se está calificando el proceso en sí cuando la medida se refiere al fondo del asunto y, a su criterio, con todo el respeto que le merece el Tribunal Constitucional, el único organismo y ente jurisdiccional apropiado para determinar la calificación sobre el fondo, es el juez.

¿Qué medida se va a aplicar más adelante, si ese juez considera que efectivamente la condición jurídica debe continuar como detención? ¿No es el arresto domiciliario, a la larga, una detención? ¿Cómo aplicar las herramientas procesales, si ya hay un pronunciamiento de un órgano constitucional superior y supremo que dice "no, no fijen esa norma", "no fijen esa medida contra ese procesado?", se preguntó.

Entonces invocó, como presidente de la Corte Superior de Lima, a las autoridades y a los otros jueces para que se que se establezcan criterios únicos para la aplicación de normas. El Perú tiene que presentar una jurisprudencia coherente, transparente y democrática, porque una legislación que no tenga un racionamiento lógico que llegue a la sociedad sólo logrará, definitivamente, degenerar un Estado de Derecho.

Más adelante, comentó que el Perú ha pasado muchos años con un Estado de Derecho alterado, situación que sólo originó más conflicto. Confió que en lo sucesivo la marea cambiaría, no supo decir si por el Tribunal o por los jueces, pero -dijo- tendrá que haber una confluencia de opiniones y de sistema. Hay que tener en cuenta que es la primera vez en la historia judicial que en el Perú se enfrenta un caso como éste, observó.

Recordó, luego, que de la noche a la mañana el Poder Judicial en el Perú tuvo que organizar todo un sistema anticorrupción sin tener medios, recursos ni soporte y que no sólo se logró hacerlo con éxito, sino que se ha llegado a un estado tal, que se puede garantizar a la ciudadanía que se están atendiendo, debida y adecuadamente, todos los casos anticorrupción, tan igual como los demás casos de impacto social.

"Pero es a través de los casos anticorrupción que todo el sistema judicial va a cambiar efectivamente, al menos en la Corte Superior de Lima. Falta coherencia, pero eso se debe, precisamente, a que fue un caso único y que recién estamos adaptándonos a este sistema. Creo que la respuesta que estamos dando, al menos en lo que es poder judicial, es razonable", finalizó.

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