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Salas
Villalobos: Sólo los jueces pueden determinar la condición jurídica
de los procesados
agenciaperu.com
Pese a que
los miembros del Tribunal Constitucional de Lima han declarado enfáticamente
que la decisión de liberar al ex alcalde de Miraflores, Luis
Bedoya de Vivanco, no sienta jurisprudencia en nuestro sistema judicial,
el presidente de la de Corte Superior de Lima, Sergio Salas Villalobos,
precisó, durante una entrevista concedida a Paola Ugaz de
Entre Líneas, que es la primera vez que un hecho de
esta naturaleza ocurre en la historia jurídica del Perú.
Al explicar su punto de vista, el magistrado mostró su preocupación
porque una jurisprudencia que no sea transparente, lógica
ni coherente podría degenerar un Estado de Derecho.
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La Constitución
establece un privilegio a los magistrados y a los miembros del Poder
Judicial y es que son los únicos facultados, por ella y las
leyes, para hacer justicia e imponer el derecho, dijo el presidente
de la Corte Superior de Lima, Sergio Salas Villalobos, cuando se
le recordó que él afirmó que los jueces son
los únicos investidos para determinar la condición
jurídica de los procesados.
Los jueces "son
los únicos que pueden aplicar las normas de la Carta Magna
y en base a ella determinar cuál es la condición jurídica
de las personas que están sometidas a la tutela jurisdiccional.
No existe otro organismo. El fiscal no lo puede hacer ni ningún
otro funcionario público", explicó.
Al ser preguntado
cómo queda esa aseveración frente al fallo del Tribunal
Constitucional que excarceló al suspendido alcalde de Miraflores,
Luis Bedoya de Vivanco, el magistrado dijo que para ellos es una
disposición contradictoria si el órgano de control
constitucional ha considerado que la situación jurídica
del procesado Luis Bedoya de Vivanco ha sido ilegal o arbitraria.
"Y lo es,
porque cuando se decreta la detención de una persona tiene
que haber una motivación jurídica y las resoluciones
judiciales de este caso han estado motivadas. En consecuencia, no
vemos cómo puede haber responsabilidad funcional de los jueces,
cuando se han apegado a lo que establece la ley y sólo han
cumplido con su función", aclaró.
Salas Villalobos
dijo, al analizar la situación, que ahora el acusado pasa
a ser acusador y que esos son, precisamente, los riesgos que desestabilizan
al sistema anticorrupción. Cuando un juez opta por una medida
que puede ser de comparecencia o de detención y no hay elementos
suficientes para revocarla posteriormente, entonces la medida debe
continuar, puntualizó. Es más, añadió,
los elementos surgen de un expediente y una acción de garantía
constitucional es meramente formal, es decir opera cuando se han
incumplido ciertos requisitos de forma en un proceso judicial.
Planteó
luego, que se está calificando el proceso en sí cuando
la medida se refiere al fondo del asunto y, a su criterio, con todo
el respeto que le merece el Tribunal Constitucional, el único
organismo y ente jurisdiccional apropiado para determinar la calificación
sobre el fondo, es el juez.
¿Qué
medida se va a aplicar más adelante, si ese juez considera
que efectivamente la condición jurídica debe continuar
como detención? ¿No es el arresto domiciliario, a
la larga, una detención? ¿Cómo aplicar las
herramientas procesales, si ya hay un pronunciamiento de un órgano
constitucional superior y supremo que dice "no, no fijen esa
norma", "no fijen esa medida contra ese procesado?",
se preguntó.
Entonces invocó,
como presidente de la Corte Superior de Lima, a las autoridades
y a los otros jueces para que se que se establezcan criterios únicos
para la aplicación de normas. El Perú tiene que presentar
una jurisprudencia coherente, transparente y democrática,
porque una legislación que no tenga un racionamiento lógico
que llegue a la sociedad sólo logrará, definitivamente,
degenerar un Estado de Derecho.
Más adelante,
comentó que el Perú ha pasado muchos años con
un Estado de Derecho alterado, situación que sólo
originó más conflicto. Confió que en lo sucesivo
la marea cambiaría, no supo decir si por el Tribunal o por
los jueces, pero -dijo- tendrá que haber una confluencia
de opiniones y de sistema. Hay que tener en cuenta que es la primera
vez en la historia judicial que en el Perú se enfrenta un
caso como éste, observó.
Recordó,
luego, que de la noche a la mañana el Poder Judicial en el
Perú tuvo que organizar todo un sistema anticorrupción
sin tener medios, recursos ni soporte y que no sólo se logró
hacerlo con éxito, sino que se ha llegado a un estado tal,
que se puede garantizar a la ciudadanía que se están
atendiendo, debida y adecuadamente, todos los casos anticorrupción,
tan igual como los demás casos de impacto social.
"Pero es
a través de los casos anticorrupción que todo el sistema
judicial va a cambiar efectivamente, al menos en la Corte Superior
de Lima. Falta coherencia, pero eso se debe, precisamente, a que
fue un caso único y que recién estamos adaptándonos
a este sistema. Creo que la respuesta que estamos dando, al menos
en lo que es poder judicial, es razonable", finalizó.
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