Investigación
 Reportes
 Actualidad
 Entrevistas
 Cultural
 Columnas
 Economía
 Sociedad
 Boca Floja
 Multimedia
 Archivo
 Servicios
 Interactiva
 Especiales
 La Agencia

 

 Economía  
14 de enero del 2003
Con penas de cárcel

Sancionaran a autores de "pánicos financieros"

agenciaperu.com

La Comisión de Economía del Congreso de la República decidió dar el primer paso para sancionar a aquellos que promuevan u originen el "pánico financiero", al establecer penas privativas de la libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis, y con 180 días a 360 días-multa.

Los autores del 'pánico financiero' son aquellos que mediante la propalación de noticias falsas a través de cualquier medio de expresión ocasionen retiros masivos de fondos de cualquier empresa del sistema financiero o que se encuentren bajo la supervisión de la Conasev.

Se informó que si el agente tiene vínculo laboral con cualquier empresa que opere con fondos públicos o es un funcionario del MEF, BCR, SBS o Conasev, la pena será no menor de seis años ni mayor de ocho. La pena se aplicará también a los ex funcionarios de esos organismos, hasta los dos años posteriores al término del vínculo laboral.

Este acuerdo logrado por unanimidad se concretó en la sesión del martes 14 que presidió Jacques Rodrich. Del mismo modo, la Comisión acordó insistir en su proyecto original respecto de las observaciones del Ejecutivo recaídas en la autógrafa de la ley que promueve la manufactura y el atesoramiento del oro.

Rodrich lamentó que el Ministerio de Economía haya expresado que el Legislativo ha incurrido en infracción constitucional porque no ha contado con el informe favorable de esta institución y anunció que enviará una carta al presidente del Consejo de Ministros en la que expresará su rechazo por la manera insultante en que se ha dirigido al Congreso.

"El Congreso ni la Comisión (de Economía) recibe órdenes de nadie. La Constitución dice que las leyes de índole tributaria referidas a beneficios o exoneraciones requieren previo informe del MEF, pero no se señala si debe ser favorable", indicó.

Señaló que la ley permitirá que cualquier persona natural pueda invertir en oro en condiciones similares a las que tienen las personas jurídicas, o si lo desean ahorrar en oro. Otro dictamen aprobado fue sobre el proyecto que modifica la Ley 27750 respecto de la obligación de publicidad de los proyectos de contrato por parte de ProInversión en el diario oficial El Peruano, así como los contratos definitivos de transferencia de acciones y activos de propiedad del Estado. Durante el debate, se propuso que la publicación de la transferencia y gastos de bienes y activos podrá ser publicado también en la página web de ProInversión para evitar gastos excesivos si se hace a través de avisos en el diario oficial.

 
    Más en Economía

  Buscador
  Especiales
 Interactiva
ENCUESTAS

Derechos Reservados © 2006 / agenciaperu.com / Lima - Perú