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4 de octubre del 2002
También a candidato de UN por Ate
Unidad Nacional mostró su extrañeza por tacha contra Manuel Masías.

Masías se queda sin candidatura

agenciaperu.com

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), desestimó las pruebas presentadas por Manuel Masías para acreditar su residencia en Miraflores, entre ellas un contrato de arrendamiento de un inmueble ubicado en la calle José Quiñónez y la copia del DNI del ex candidato. Así, se declaró fundada una tacha interpuesta contra su postulación.

Ante la noticia, la lideresa de Unidad Nacional, Lourdes Flores Nano, dijo estar profundamente indignada por las tachas, no sólo contra Manuel Masías, sino también contra el candidato de Ate, Gerardo Chiclla.

"Queremos expresar nuestra más profunda indignación por una decisión que consideramos un agravio a los vecinos de Miraflores y de Ate", declaró Flores en conferencia de prensa.

Asimismo, Flores Nano anunció que su agrupación presentará los pedidos de reconsideración respectivos. Además, mostró su extrañeza por este caso, ya que ambos candidatos marchan primeros en los sondeos electorales de sus respectivos distritos.

"A la luz de todas las encuestas de opinión encabezan largamente las preferencias electorales de ambos distritos, con porcentajes que bordean y hasta superan el 50 pct. de la intención de voto" afirmó.

La lideresa de UN señaló que "el agravio que se hace con estas resoluciones no solo es contra Unidad Nacional, sino un atentado al derecho de los vecinos de esos distritos de ejercer su derecho de elegir y de manifestarse en una contienda electoral limpia y transparente".

"Tanto Manuel Masías como Gerardo Chiclla son vecinos de Miraflores y Ate, respectivamente, por más tiempo del que señala la ley", agregó, descartando así que "el sustento de ambas resoluciones es falso".

Como se recuerda, el JNE declaró fundada la tacha interpuesta contra el candidato de Unidad Nacional a la alcaldía de Miraflores, Manuel Masías Oyanguren, porque éste no cumplió con el requisito, establecido en la ley electoral, de vivir en dicha jurisdicción por un plazo mínimo de 2 años.

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